La obligación de disponer de Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST), según la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible (modificada por el Real Decreto-ley 7/2026), afecta principalmente a:

Empresas obligadas

Deben elaborar e implantar un plan de movilidad sostenible:

  • Empresas o centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o más de 100 personas por turno.
  • Administraciones públicas y entidades del sector público con plantillas significativas
  • Centros generadores de movilidad intensiva, como:
    • polígonos industriales grandes
    • hospitales
    • universidades
    • grandes superficies comerciales

En muchos casos, las comunidades autónomas o ayuntamientos pueden ampliar esta obligación a empresas más pequeñas en función del impacto en la movilidad.

Fecha límite general para disponer del plan de movilidad: 5 de diciembre de 2026

¿Qué implica tener un Plan de Movilidad?

El plan debe articular soluciones de movilidad que, siguiendo el principio de jerarquía de medios promovido por la ley, impulsen la movilidad activa, el transporte colectivo, las opciones de bajas o cero emisiones y la movilidad compartida o colaborativa.

Un PMST debe incluir medidas como:

  • Fomento del transporte público
  • Incentivos al coche compartido
  • Promoción de la bicicleta y movilidad activa
  • Teletrabajo o flexibilidad horaria
  • Gestión del aparcamiento

Importante:

  • No es solo “tener el documento”: debe implantarse y aplicarse realmente.
  • Puede estar vinculado a inspecciones laborales o ambientales y a requisitos en contratación pública.

A nivel autonómico (Xunta de Galicia)

  • Galicia no ha aprobado (por ahora) una ley propia que obligue a más empresas (por ejemplo, de menor tamaño) a tener PMST, como sí ocurre en otras comunidades.
  • La normativa autonómica existente se centra más en:
    • transporte público y movilidad general (p. ej., Ley 10/2016 de transporte público de Galicia)
    • subvenciones e incentivos (bicicletas, movilidad eléctrica, etc.)

Galicia fomenta la movilidad sostenible, pero no ha endurecido de forma general la obligación empresarial más allá del marco estatal.

A nivel municipal

Aquí sí puede haber impacto práctico:

  • La ley estatal obliga a que los planes empresariales:
    • se coordinen con los planes de movilidad del municipio
  • En Galicia, varios ayuntamientos ya tienen o desarrollan:
    • Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS)
      • A Coruña → PMUS metropolitano
      • Arteixo → PMUS con fuerte peso industrial
      • Santiago de Compostela → PMUS activo
      • Vigo → PMUS activo

Esto implica que:

  • Aunque no te obliguen directamente a tener PMST por normativa local,
  • sí te condicionan su contenido si tu centro está en ese municipio.