CRITERIO INTERPRETATIVO 1/2026, DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO, SOBRE LAS CONSECUENCIAS DE LA DEROGACIÓN DE LA PRORROGA DE LA VIGENCIA DEL REAL DECRETO 87/2025, DE 11 DE FEBRERO, POR EL QUE SE FIJA EL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL PARA 2025.

Al haberse derogado el RD-ley 16/2025 de 23 de diciembre, que estableció la prórroga de la vigencia del RD que fijaba el salario mínimo interprofesional del 2025 para el año 2026, mientras no se aprobase otro, la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, ha remitido el Criterio interpretativo que recoge en resumen los siguientes aspectos:

  • Mientras no se fije y apruebe el valor del SMI para 2026, la desaparición de la prórroga del SMI de 2025 no afecta a los contratos ya vigentes, que no podrían reducir la cuantía de su salario, por entender que dicho salario se encontraría “contractualizado”.
  • Por lo que respecta a las nuevas contrataciones que se produzcan durante el breve lapso en que el SMI de 2025 no cuenta con prórroga expresa y surta sus efectos el nuevo SMI para 2026, esas nuevas contrataciones no pueden tomar referencias salariales inferiores al SMI vigente en 2025.
  • La fijación de salarios por debajo del umbral del SMI 2025 no será posible.
  • El nuevo RD que fije el SMI para 2026 procederá, como todos los anteriores, a proyectar sus efectos desde el 1 de enero de 2026.

Fuente imagen: freepik.com