Existe actualmente un amplio consenso técnico y social en torno a que las políticas y prácticas de prevención deben incorporar la atención a las diferencias y desigualdades, entre ellas las de sexo y género, para consolidar el derecho a la protección frente a los riesgos laborales y el cumplimiento del objetivo 5 de la actual Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 (EESST): Introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.

Integrar la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales es ir más allá del derecho de las mujeres trabajadoras a la protección en situación de embarazo y lactancia, y frente al acoso.  Es también ir más allá de aplicar un enfoque supuestamente neutro que tiene como patrón el trabajo masculino, invisibilizando el trabajo de las mujeres y en particular los trabajos de cuidados bajo la falsa premisa de que son “trabajos seguros”.

Tener en cuenta la perspectiva de género implica un enfoque transversal en toda la política y actividad preventiva de la empresa, partiendo de la evaluación de riesgos y continuando con la planificación y seguimiento de la actividad preventiva. En este sentido, los planes de igualdad son una herramienta clave ya que, tal y como se recoge en el Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, deben incorporar la prevención de riesgos laborales en su fase de diagnóstico de situación, consolidando así el derecho a la igualdad y a la seguridad y salud de todas las personas trabajadoras.

Esta jornada está enmarcada en el proyecto “Integración de la prevención de riesgos laborales en los planes de igualdad”, que da lugar a distintas publicaciones y que tiene como objetivo visibilizar los planes de igualdad como una herramienta que, en sinergia con el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, facilita la integración de la perspectiva de género en PRL.